Autoliquidaciones : ampliación de plazos hasta el 20 de mayo
Para pymes y autónomos con una facturación inferior a 600.000 euros.
Se ha ampliado del 20 de abril al 20 de mayo el plazo de presentación y pago de declaraciones de impuestos (IVA, IRPF y fraccionamientos de Sociedades) para autónomos y pymes con una facturación inferior a 600.000 euros. El plazo para las domiciliaciones se amplía hasta el 15 de mayo, cuando estaba previsto que venciese el 15 de abril.
La posibilidad de que los autónomos renuncien al sistema de módulos y tributen por el sistema de estimación directa (sin que ello les vincule durante un plazo de tres años como actualmente establece la normativa) se debatirá en un próximo Consejo de Ministros.
Esta medida de prolongación de los plazos se suma a la posibilidad de aplazamiento de seis meses -los tres primeros sin intereses- , para las deudas de hasta 30.000 euros de autónomos y pymes con una facturación de hasta seis millones de euros.
Se ha ampliado hasta el 20 de mayo el plazo de presentación de autoliquidaciones para autónomos y pymes que facturan menos de 600.000 euros.
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Aplazamiento del IRPF
Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF.
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Declaración de depósitos bancarios
La información sobre depósitos que suministran los bancos para confeccionar el Impuesto de Patrimonio no siempre es válida.
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Aportaciones de socios para compensar pérdidas
Cuando una sociedad tiene pérdidas y no tiene reservas suficientes para compensarlas, los socios pueden aportar fondos sin necesidad de hacer una ampliación de capital.
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